jueves, 19 de noviembre de 2009





Legislación




La legislación es el conjunto de cuerpos legales o de leyes por las cuales se gobierna un Estado o una materia determinada. Las mismas se encuentras jerarquicamente sometidas a la Constitución Política de la República, que es la norma principal que dicta los preceptos básicos bajo las cuales se rige un estado de derecho. Las demás leyes deben estar en perfecta armonía con la Constitución ya que de no estarlo serían nulas sus disposiciones. Debe entenderse por leyes todas las normas rectoras del Estado y de las personas a quienes afectan, dictadas por la autoridad a quien esté atribuida esta facultad. En consecuencia y en este sentido, la legislación de un país estaría constituida, dentro de un régimen constitucional, no solo por las normas establecidas por el ordenamiento legislativo, sino también por las disposiciones dictadas por el poder administrador en todos sus grados y dentro y dentro de sus atribuciones específicas.


La Revista Judicial dispone de 17 leyes orgánicas, 7 códigos y 76 leyes, entre estas incluida la nueva Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, el Código Tributario y Ley de Régimen Tributario Interno con sus correspondientes reformas, así como los proyectos de ley que están siendo analizados y discutidos en la Asamblea Nacional Constituyente.

Legislación mercantil

1:- Reformatoria de la ley de cheques

2:-Reformas en el comercio exterior

3:-Reformas al régimen tributario interno

4:-Reformas a la ley de Aduanas

1:-

LEY REFORMATORIA A LA LEY DE CHEQUES

Art. 1.- Los siguientes artículos del Capítulo II "De la Transmisión" dirán:

"Art. 14.- Para los efectos de aplicación de esta Ley, se entenderá como endoso a la

transmisión de un cheque a la orden, mediante una fórmula escrita en el reverso del

documento.

El endoso deberá ser puro y simple. Se reputará no escrita toda condición a la que se

subordine el mismo.

Es nulo el endoso de personas jurídicas o del girado. Por lo tanto solo

podrán endosar cheques personas naturales, por una sola vez, siempre que el cheque

haya sido girado por una suma de dinero de hasta US$ 500 de los

Estados Unidos de América. Los cheques que se emitan por sumas superiores al monto

antes determinado, no podrán ser endosados y solo deberán ser pagados a su primer

beneficiario.

La firma que estampe el beneficiario en el cheque para efectos de presentación y cobro,

al girado, no se considerará como un endoso propiamente dicho, por lo que no estará

comprendido dentro de la limitación a la circulación estipulada en el inciso anterior.

Tampoco estarán comprendidos dentro de la limitación a la circulación referida

anteriormente, la firma que estampe el beneficiario del cheque para efectos de constituir

un simple mandato.

Art. 16.- El endoso transmite todos los derechos resultantes del cheque. Prohíbase los

endosos en blanco o al portador.

Art. 17.- El endosante, salvo cláusulas en contrario, garantiza el pago.

El endoso de los cheques entregados al Banco Central para el trámite por la cámara de

compensación, podrá hacerse solo con un sello del banco endosante, sin requerir su

firma para el efecto.

Art. 18.- El beneficiario de un cheque, endosable o no de acuerdo a lo indicado en el

artículo 14 que antecede, es considerado como tenedor legítimo .

Art. 2.- Refórmese el articulo 11 de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica

en el Área Tributario-Financiera, en el sentido siguiente:

"Art. 11.- Prohibiciones sobre pago de cheques.- Prohíbase el giro de cheques al

portador. Será también prohibido el endoso de cheques por parte de beneficiarios

personas jurídicas.

Será nulo el segundo endoso. Los bancos no pagarán los cheques que lo contengan".

Art. 3.- La Superintendencia de Bancos y Seguros dictará las regulaciones necesarias a

efectos de la aplicación de las disposiciones aquí contempladas.

2:-

COMERCIO EXTERIOR

Exceptuase del requisito de verificación en origen a la importación de electricidad

Procedente de Colombia.

El Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana mediante Resolución N° 5-2003-R5,

exceptúa del requisito de verificación en origen a la importación de electricidad procedente de

Colombia al amparo de lo determinado en la Resolución N° 536 de la Junta del Acuerdo de

Cartagena, la misma que establece que los países miembros no concederán ningún tipo de

subsidio a las exportaciones ni importaciones de electricidad; tampoco impondrá aranceles y

restricciones específicas a las importaciones o exportaciones intracomunitarias de electricidad“.

R.O. N° 83 de mayo 16 / 2003.

-

Medida de salvaguardia a las importaciones procedentes de los países Miembros de la

Comunidad Andina.

El Consejo de Comercio Exterior a través de la Resolución N° 189, aplica una medida de

salvaguardia provisional por un período de seis meses a las importaciones procedentes y

originarias de los Países Miembros de la Comunidad Andina, consistente en un gravamen

arancelario equivalente al arancel total

3:-

REFORMAS AL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÌN DE LA

LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO

Ley de Régimen Tributario Interno y sus reformas:

—En el caso de la terminación de actividades o de escisión, fusión, absorción o cualquier otra

forma de transformación de sociedades antes de la finalización del ejercicio impositivo, las

sociedades presentarán su declaración anticipada de impuesto a la renta. Una vez presentada

esta declaración, procederá el trámite de inscripción de la correspondiente resolución en el

Registro Mercantil, así como para la cancelación de la inscripción en el Registro Unico de

Contribuyentes.

La declaración anticipada podrá aplicarse también para las personas naturales que deban ausentarse del país por un período que exceda a la finalización del ejercicio fiscal caso en el

cual deberá notificar oportunamente esta circunstancia para que conste en el Registro Unico de

Contribuyentes la correspondiente suspensión de actividades.

La declaración anticipada será presentada en los medios y con los anexos que determine el

Servicio de Rentas Internas. Para el efecto, la Administración Tributaria normará el contenido y

la forma de presentación de dichos anexos mediante resolución de carácter general.“.

2.- Art. 142 agréguese uno que diga: —Art. 143.- Servicios prestados por

entidades del Sector Publicó.- Se entenderán comprendidos en el numeral 10 del Art. 55 de la

Ley de Régimen Tributario Interno exclusivamente aquellos servicios en los que la totalidad del

producto percibido por el precio, derecho o tasa correspondiente ingrese al Presupuesto

General del Estado o al presupuesto de la entidad pública autónoma, creada por acto legislativo

nacional o seccional, que preste el servicio.“.

3.- Art. 159 agréguese uno que diga: —Art. 159 A.- Servicio de energía

eléctrica.- Para efectos de la aplicación del numeral 4) del articulo 55 de la Ley de Régimen

Tributario Interno, se entenderán comprendidas todas las fases de importación, generación,

transmisión y distribución de energía eléctrica.

4:-

REFORMAS A LA LEY DE ADUANAS

DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

PRIMERA.- Facúltase expresamente al Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana para

que, disponga y supervise la ejecución de la reestructuración, integral, técnica y administrativa

de la CAE, hasta el 31 de diciembre de 2003, que deberá incluir la organización que se requiera

para una administración aduanera moderna y la determinación del personal directivo,

administrativo y de apoyo que sea necesario y suficiente para un eficiente cumplimiento de las

funciones aduaneras con el perfil requerido para cada puesto. El personal directivo,

administrativo y de apoyo que no fuere requerido para que continúe prestando sus servicios,

será indemnizado de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley de Servicio Civil y

Carrera Administrativa. La Corporación Aduanera Ecuatoriana efectuará las reformas

presupuestarias y asignará los fondos necesarios para financiar el pago de las indemnizaciones.

SEGUNDA.- Durante los primeros ciento ochenta días de vigencia de esta Ley, el Ministerio de

Defensa Nacional asumirá transitoriamente la administración y control del Servicio de Vigilancia

Aduanera, con sujeción a lo estipulado en los artículos 121, 122 y 126 de la Ley Orgánica de

Aduanas, con propósitos de capacitación, entrenamiento, tecnificación y reestructuración del

servicio. Para el efecto, el Ministerio de Defensa Nacional y la Corporación Aduanera

Ecuatoriana, dentro del plazo de treinta días de expedida esta ley, celebrarán un convenio

interinstitucional, el que básicamente contendrá las condiciones, el plazo y los recursos

económicos necesarios para la consecución de tales propósitos.

TERCERA.- Quedan terminados, a partir de la fecha de publicación de esta ley los períodos del

Gerente General, gerentes, subgerentes, gerentes distritales y funcionarios de la Corporación

Aduanera Ecuatoriana, cuyas designacionColor del textoes correspondan al Directorio y al Gerente General,

quienes no obstante, continuarán en funciones prorrogadas hasta ser legalmente reemplazados.

CUARTA.- Para combatir la corrupción y el contrabando, la CAE adquirirá en forma urgente

un sistema avanzado de control con rayos X u otros sistemas sujetos a estándares

internacionales para el control de mercaderías y productos que ingresen al país o que se

exporten, en todos los recintos aduaneros.





bibilografía:
http://74.125.93.132/search?q=cache:znB3j_iAx7YJ:www.pudeleco.com/docs/clegal/cl0042.pdf+%C2%BFQu%C3%A9+tipo+de+reformas+se+hacen+en+la+legislaci%C3%B3n+mercantil+ecuatoriana%3F&cd=7&hl=es&ct=clnk&gl=ec
http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com_content&task=view&id=4131&Itemid=432





viernes, 13 de noviembre de 2009

Documentos Mercantiles y su importancia

¿Qué importancia tiene el uso de los docuementos mercantiles en las transacciones mercantiles?

DOCUMENTOS MERCANTILES

Son los documentos comerciales que merecen confianza, credibilidad. Es un modo especial para realizar una serie de operaciones comerciales. Estos pueden ser negociables y no negociables.

Importancia de la Documentación Mercantil

La importancia de la documentación mercantil es muy importante porque se han creado normas especiales de caráctertécnico y disposiciones legales para impresión, archivo y conservación de los distintos documentos que se utilizan en las operaciones mercantiles.

Permiten seguir el curso de un lote de mercancías, identificar un envío de dinero o exigir el cumplimiento de una norma o disposición interna cualquiera como pudiera ser la de reclamar al Departamento de compras, haciendo mención de la fecha y número de una solicitud del que un pedido no se hubiera recibido dentro del plazo establecido.

A continuación tenemos una tabla de forma muy resumida y detallada de los documentos mercantiles:

TICKET

Sustentarán gastos y/o costos para efectos tributarios cuando se identifique el comprador consignando su número de RUC y se emitan como mínimo en original y una copia los que se entregarán al comprador


FACTURA

En dicho vendedor hace constar en forma detallada las mercaderías vendidas, indicando condiciones y debe ser extendida por duplicado o triplicado y sirve para justificar los registros en los libros respectivos.


BOLETA DE VENTA

La boleta de venta tiene por finalidad acreditar o respaldar la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios en operaciones con consumidores o usuarios finales y en operaciones realizadas por los sujetos del Régimen Unico Simplificado.


LETRA DE CAMBIO

La letra de cambio es un documento de crédito que sirve para respaldar las operaciones comerciales realizadas a plazos, la letra de cambio es una orden de pago escrita, por la cual una persona llamada deudor o cargo debe pagar a su vencimiento al tenedor del documento.


LIQUIDACIÓN DE COMPRA

Es un documento que acredita las adquisiciones que efectúen las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho y otros.


ORDEN DE COMPRA

Es el documento formal que utiliza el departamento de compras para solicitar la mercadería que requiere. Debe ser concreto, claro y específico en lo que se solicita.


NOTA DE CRÉDITO

Sirve para disminuir (abonar o acreditar) el importe de una factura a la que no se le ha considerado oportunamente ciertos descuentos o que por pronto pago se deba conceder un determinado descuento, así como por la anulación de operaciones.


GUIA DE REMISIÓN

Es un documento que se emplea en el comercio para enviar las mercaderías solicitadas por el cliente según su Nota de Pedido y este se encuentra impreso este documento se extiende por duplicado o triplicado según la necesidad de la empresa.


RECIBOS

El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero en efectivo o en especie y sirve de comprobante de pago


EL VALE

Es un documento que contiene una promesa escrita en el cual una persona se obliga al pago de una suma determinada. También se define como una nota escrita que una persona manda a otra a fin de que mercaderías o dinero por cuenta del firmante del documento.


LOS GIROS

Es un documento por el cual una persona de orden a otra para pagar a una tercera cierta cantidad de dinero, en distintos lugares al de procedencia, puesto que los giros pueden extenderse en moneda nacional y en moneda extranjera.

CARTA DE CRÉDITO

Son aquellas que los comerciantes dirigen a otros corresponsal o clientes suyos. Las personas que necesitan viajar y llegar cantidades considerables de dinero, para evitar riesgos entrega a un comerciante o banquero cierta cantidad de una carta de crédito a su favor por el importe que deposita.

PAGARÉ

Es un documento de crédito al igual que la letra de cambio, con la promesa pura y simple de pagar una suma de dinero, en un determinado tiempo.

NOTA DE PEDIDO

Es el documento que utilizan las empresas, para que a través de él, los clientes soliciten los artículos deseados. Dicho documento es emitido por la empresa proveedora, con fines de control interno dentro de su negocio.


CHEQUE

El cheque es un documento de pago inmediato, a diferencia de la letra de cambio y el pagaré, que son documentos de crédito.


CARTAS DE CRÉDITOS DOCUMENTARIOS

El crédito constituye una transacción u operación totalmente independiente, diferente y distinto de las compra-ventas de las mercaderías y de los contratos sobre los cuales suelen estar basados pero que le son del todo ajenos y extraños.

FIANZA

La fianza puede constituirse no solo a favor del deudor sino de otro fiador.

CERTIFICADO DE DEPOSITO EN ADUANAS O WARRANT

La Aduana que es la oficina que administra y controla los derechos y le entrega un certificado de deposito por duplicado que se conoce con el nombre de Warrant.

NOTA DE DÉBITO

Es un documento emitido las empresas para indicarle el titular que se ha cargado a su cuenta un valor determinado por concepto


ENCUESTA:

Miss. Andrea Carvache

¿Qué pasaría si la transacción mercantil que se realiza no se hace en documentos mercantiles?

la transacción no tendría validéz porque no hay un documento de Respaldo, en el caso de una de las partes que no está de acuerdo, no tendría opción a devolución alguna debido a que no hay un documento que lo respalde.

¿Quienes utilizan los docuementos mercantiles?

Las personas naturales y jurídicas

¿Como se podría detectar un fraude ?

mediante una auditoría interna y externa

¿De que otra manera puedo verificar las transacciones comerciales?

Por medio de los respaldos electrónicos


viernes, 6 de noviembre de 2009

Costumbres Mercantiles


* En relación con la función que la costumbre desempeña frente a la ley

se distinguen tres especies de costumbres, cuya validez conviene analizar: la consuetudo

  1. secundum legem
  2. la consuetudo praeter legem,
  3. consuetudo contra legem.

La primera de estas especies, o sea la consuetudo secundum legem, no da origen a problemas, toda vez que, por tratarse de una costumbre conforme a la ley, su aplicación y validez queda fuera de toda duda.

Con respecto a la consuetudo praeter legem, o sea, la costumbre que complementa a la ley colmando lagunas, precisa el sentido de ella en los casos dudosos, o regula instituciones desconocidas, consideramos que su aplicación tampoco presenta problemas, pues hemos atribuido a la costumbre el carácter de fuente formal y autónoma del Derecho, de tal manera que la norma consuetudinaria nace al lado de la ley y con igual jerarquía que ésta.

Por el contrario, la consuetudo contra legem implica problemas de extrema delicadeza, tanto si se trata de una costumbre visiblemente contraria a las disposiciones de Derecho escrito y tienda a derogarlas (consuetudo abrogatoria), como cuando se trata de anular una disposición por desuso (desuetudo).

La legislación de nuestro país nos dice que una consuetudinaria solo puede formarse, si el comportamiento destinado regular está constituido por actos lícitos o conformes al orden público, de tal manera que toda práctica en desacuerdo con una norma escrita constituye un ilícito y no puede, por ende, dar lugar a la formación de una costumbre. En virtud del principio según el cual “contra la observancia de la ley no se admite desuso, costumbre o práctica en contrario”.

Sin embargo la realidad cotidiana nos indica lo contrario, tal es el caso de los menores, carentes de capacidad de ejercicio, que a diario realizan por sí mismos actos jurídicos patrimoniales de poca monta u operaciones de crédito en pequeña escala, tan simples como la compraventa de un periódico, contratos de transporte, etc., actos y operaciones que de conformidad con la ley civil, obviamente resultan nulos, pero que por el reducido monto de ellos o la condición social del menor, la costumbre los admite como válidos, de tal manera que no se estiman anulables.

En resumen y en aplicación de lo dicho al Derecho Mercantil, afirmaremos que, aunque históricamente gran parte de las normas comerciales encuentran su origen en la costumbre, en la actualidad la importancia de esta fuente ha disminuido sensiblemente, dada la cada día más frecuente intervención del legislador en materia de comercio y la posibilidad de dictar normas que se ajusten en forma eficaz y rápida a las circunstancias siempre cambiantes del comercio. Sin embargo, esto no quiere decir que no existan algunas costumbres comerciales que regulen casos imprevistos por el legislador y otros de costumbres contrarias a disposiciones taxativas (o sea, aquéllas que obligan a los particulares en todos los casos independientemente de su voluntad) escritas, que traen como consecuencia su derogación.

bibliografía:

http://www.mitecnologico.com/Main/FuentesDelDerechoMercantil


ENTREVISTADO:

Eutimio Valencia Vásquez

Relaciones Entre La Ley y La Costumbre.

1:-¿Qué es la costumbre mercantil?
La costumbre mercantil es la forma de aplicación valida para que se pueda ejercer las leyes mercantiles ,esta ayuda a regular instituciones ,de tal manera solo se puede aplicar cuando contengan actos lícito.

2:-De su opinión sobre las costumbres mercantiles en relación a las leyes mercantiles
En todos los países democráticos hay leyes, un ejemplo de un país q no sea democrático es cuba siendo así que existe un comercio en países amigos, pero no como seria lo debido en nuestro país, que sí se necesita de las debidas leyes para poder ejercer en comercio, tanto de exportaciones como para las importaciones, existiendo un régimen democrático.


3:-De un ejemplo de las costumbres mercantiles en el Ecuador
Las grandes negociaciones que se realizan con países internacionales (países europeos)un ejemplo muy conciso seria lo que hace la C.A.E. , la cual es una institución que nececita las costumbres mercantiles y por ende las leyes mercantiles .

4:-¿Es necesario aplicar las costumbres mercantiles en nuestro país?
Básicamente se aplica a las leyes mercantiles, eso quiere decir que para poder realizar una compraventa mercantil se necesita las leyes mercantiles por ende las costumbres mercantiles de lo contrario se estuviera practicando un acto lícito.


5:-¿Desde cuándo se empezó a aplicar las costumbres mercantiles? Empezó a surgir desde que se dio a conocer la legislación mercantil, por los años de 1990



jueves, 29 de octubre de 2009

Derecho Mercantil

DERECHO MERCANTIL

Concepto:
derecho mercantil: son las normas contenidas en el codigo de comercio y leyes conexas establece relacines entre los comerciante
s entre sus actos, contratos u operaciones.

Desde hace algún tiempo, que el derecho mercantil es el derecho del comercio, siendo entonces imprescindible que tengamos una noción clara y cierta de que significa el comercio.
Siempre con miras a la economía tendremos que apelar a ella en pos de ayuda para la consecución de nuestro objetivo y veremos entoncs, los esfuerzos que el hombre realiza para la satisfacción de sus necesidades , se puede clasificar en tres grandes sectores:
a)Industrias extractivas

b)Industrias Transformadoras
c)Industrias MercantilesAbarca un gran campo , cada vez mas creciente, de esfuerzos para acercar productores a consumidores .
De acuerdo al código civil encontramos:

*Art.1477
No sólo las cosas que existen pueden ser objeto de una declaración de vountad si no las que se espera que existan, pero es menester que las unas a las otras sean comerciantes...

*Art.1478
Hay objeto ilícito en la anajenación 1. de las cosas que no están en el comercio.


Caraterísticas
a)Progresividad:- Esto es que las normas que nacieron para asuntos comerciales
, vayan abarcando campos que alguna vez nacieron exclusivamente para asuntos civíles y que, por el progreso del comercio, sus normas jurídicas rigan para asuntos otrora no comerciantes
b)Expansividad:- Aparece por cuanto el comercio y sus formas evolucionan permanentemente y por ello, las normas que lo rigenestán en continua evolución, se visualiza las futuras compraventas y transacciones, como la bursátil y hará necesario, si no imprescindible, que normas legales regulen dicha actividad.
c)Tendencia a la uniformidad:- Se dice que los intereses económicos unen lo que la política desune, en América son antiguos los esfuerzos para tener una sola legislación sobre la letra de cambio y pagaré a la orden.


ACTO DE COMERCIO:

En algunas ocasiones, se ha definido el comercio, desde el punto de vista del derecho mercantil, como la actividad económica de interposición entre productores y consumidores con ánimo de lucro.
Uno de los puntos más importantes que necesariamente tenemos que esclarecer, es el establecer el campo de acción de nuestra legislación de excepción y ello, aparentemente, está consignado en el artículo primero de nuestro código cuando reza,
"El código de comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles, y los actos y contratos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes."

Importancia de la Clasificación

Cod.Civíl art .63
Toda controversia judicial según la ley, no tiene un procedimiento especial se ventilará en juicio ordinario

Enfoques para el Acto de Comercio

Variables

Derecho Mercantil Subjetivo

Derecho Mercantil Objetivo

Principio

Condiciona el acto de comercio a que uno o más personas que lo realizan sean comerciantes o empresarios.

Establece los requisitos de hecho que un acto de comercio debe tener para que sea considerado como tal




Fundamento

Hace referencia a la calidad del comerciante

Vincula la idea de lo que representa el acto


Entrevistado
Bibliografía:
libro:Apuntes de Derecho Mercantil
autor:Dr. Hernán Cabezas Candel
Carpeta de Derecho Mercantil
Intermediario:Iván Jiménez